domingo, 3 de abril de 2016

II. CONTRATOS DE NATURALEZA ACCIDENTAL



2.1 CONTRATO OCASIONAL:

Necesidades transitorias distintas a la actividad habitual del centro de trabajo

DURACIÓN MÁXIMA DE 06 MESES AL AÑO

CONTRATO DE SUPLENCIA

·        Para sustituir a un trabajador estable.
·        Suspensión del vínculo laboral del suplido.
·        Se encuentre realizando temporalmente otras labores en el mismo centro de trabajo.
·        El titular conserva el derecho de re-admisión.
·        Debe contener la fecha de su extinción.

DURACIÓN: la que resulte necesaria según las circunstancias.


1.2       CONTRATO DE EMERGENCIA

·        Caso Fortuito.
·        Fuerza mayor.
·        Se configura por su carácter inevitable, imprevisible e irresistible.

DURACIÓN: coincide con la duración de la emergencia.



No hay comentarios:

Publicar un comentario