II. CONTRATOS DE NATURALEZA ACCIDENTAL
2.1 CONTRATO OCASIONAL:
Necesidades transitorias distintas a
la actividad habitual del centro de trabajo
DURACIÓN MÁXIMA DE 06 MESES AL AÑO
CONTRATO DE SUPLENCIA
·
Para sustituir a un trabajador estable.
·
Suspensión del vínculo laboral del suplido.
·
Se encuentre realizando temporalmente otras labores en el mismo centro
de trabajo.
·
El titular conserva el derecho de re-admisión.
·
Debe contener la fecha de su extinción.
DURACIÓN: la que resulte necesaria según las circunstancias.
1.2 CONTRATO DE EMERGENCIA
·
Caso Fortuito.
·
Fuerza mayor.
·
Se configura por su carácter inevitable, imprevisible e irresistible.
DURACIÓN: coincide con la duración de la emergencia.
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